CÓDIGOS LEGALES ISRAELITAS: Francesc
Ramis Darder
La
sociedad israelita antigua constituía una realidad compleja, cuya unidad básica
era la familia. Un conjunto de familias formaba un clan, y la asociación de
clanes constituía la tribu. A menudo, varias tribus se aliaban entre sí para
hacer frente a un enemigo común (cf. Jue 4,6). La reunión periódica de las
tribus propició la confederación de algunas formando los reinos de Israel y
Judá. En los ámbitos de la familia, el clan, la tribu, y el reino fueron
naciendo leyes para regular la conducta de individuos y grupos.
Durante
el período de la conquista de la tierra, los procesos judiciales tenían lugar a
las puertas de la ciudad donde los ancianos dirimían lo litigios (Rut 4,1-12);
existían, también, personajes que impartían justicia entre los litigantes, un
ejemplo concreto lo constituye la profetisa Débora que era juez en Israel (Jue
4,4).
Una
vez constituidos los reinos de Judá e Israel, la corte adquirió importancia
jurídica.[1] La religión constituía una pieza clave de la sociedad israelita y
los santuarios desempeñaban un papel legislativo notable.[2] Las leyes emitidas
por los jueces, el rey, los santuarios y el templo de Jerusalén fueron
multiplicándose y afinándose por dos razones: la necesidad de aplicar los
principios generales a casos concretos, y la imperiosa necesidad de adaptar la
ley a nuevas situaciones.[3]
Las
leyes emitidas fueron recopilándose según varios criterios. El criterio
mnemotécnico permite memorizar los preceptos fundamentales. Con ese método, y
apelando al número de dedos de la mano, se confeccionaron el Decálogo Ético (Ex
20,1-17; Dt 5,6-22) y el Decálogo Cultual (Ex 34,14-28). Utilizando el sistema
sexagesimal se elaboró el Dodecálogo Siquemita (Dt 27,15-26). Algunos preceptos
se aglutinaron por la semejanza de estilo en su formulación jurídica (Ex
21,12-17), y otros por poseer un contenido parejo (Ex 23,14-19; Lv 18,6-23).
Aparecen,
además, notables agrupaciones de leyes en tres códigos: Código de la Alianza
(Ex 21-23), Código Deuteronómico (Dt 12-26) y Ley de Santidad (Lv 17-26)_.
[1].
El rey asumió la tarea de impartir justicia: Saúl inflige un castigo a Amalec
cumpliendo la orden divina trasmitida por Samuel (1Sam 15,1-4); ha devenido
paradigmático el juicio de Salomón (1Re 3,16-28); y la sentencia emitida por el
rey de Israel en favor de la mujer sunamita en la época del profeta Eliseo (2Re
8,1-6).
[2].
Además de regular el ceremonial litúrgico, dirimían cuestiones penales y
civiles. Junto a los santuarios importantes (Guilgal, Betel, Siló) se
celebraban encuentros (cf. Jos 24) donde las tribus intercambiaban su
experiencia jurídica; y, frecuentemente, copiaban la normativa legal de los
pueblos vecinos adaptándola a sus necesidades. Erigido el templo de Jerusalén,
los sacerdotes de la Ciudad Santa legislaron sobre cuestiones sacrales, civiles
y penales.
[3].
Los grandes principios legales debían aplicarse a casos concretos, naciendo de
ese modo la casuística. El castigo derivado del incumplimiento del mandamiento
“no matarás” (Ex 20,13) depende de diversos aspectos; debe determinarse si hubo
alevosía en el asesinato (Ex 21,12-15), o si la persona muerta estaba cometiendo
alguna tropelía contra quien le mató (Ex 22,1-2).
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